¿Memoria Técnica de Diseño o proyecto eléctrico?
Diferencias entre una MTD y un proyecto eléctrico según el REBT, y cuándo se requiere inspección inicial.
La documentación eléctrica no siempre adopta la misma forma. El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) distingue entre instalaciones que pueden documentarse mediante una Memoria Técnica de Diseño (MTD) y aquellas que requieren un proyecto firmado por técnico competente.
¿Qué es una MTD eléctrica?
La MTD recoge los datos principales y las características de diseño de una instalación que no está incluida entre las que precisan proyecto. Se tramita con el certificado de instalación y la documentación que determine la comunidad autónoma.
Cuándo hace falta proyecto eléctrico según el REBT
| Caso habitual | Documentación | Inspección inicial | Referencia |
|---|---|---|---|
| Local de pública concurrenciaSegún uso y clasificación | Proyecto eléctrico | Sí, por OCA | ITC-BT-04 / 05 |
| Riesgo de incendio o explosiónEmplazamientos clasificados | Proyecto eléctrico | Sí, por OCA | ITC-BT-04 / 05 |
| Quirófanos y salas de intervenciónUso sanitario especial | Proyecto eléctrico | Sí, por OCA | ITC-BT-04 / 05 |
| Instalación industrial > 100 kWCuando precisa proyecto | Proyecto eléctrico | Sí, por OCA | ITC-BT-04 / 05 |
| Recarga de vehículo eléctricoCuando requiere proyecto | Proyecto eléctrico | Si requiere proyecto | ITC-BT-52 |
| Vivienda, comercio u oficina convencionalSin supuesto especial | MTD + certificado | No normalmente | ITC-BT-04 |
Importante: proyecto e inspección inicial no son sinónimos. La inspección previa se aplica a las categorías concretas de la ITC-BT-05.
¿Cuándo es necesaria una inspección inicial?
La ITC-BT-05 exige inspección inicial por un Organismo de Control antes de la puesta en servicio para las categorías reglamentarias que indica, entre ellas las instalaciones industriales que precisan proyecto y superan 100 kW, locales de pública concurrencia, locales con riesgo de incendio o explosión de clase I y ciertos quirófanos, piscinas y aparcamientos o estaciones de recarga cuando requieren proyecto.
La clasificación depende del caso concreto y de la normativa autonómica de tramitación. Por eso conviene confirmar el uso, la potencia, el tipo de local y si se trata de una instalación nueva, ampliación o modificación de importancia.